Las primeras indicaciones sobre asientos máximos y diferenciales se remontan a las recomendaciones de Terzaghi y Peck en 1948, junto con las de Skempton y McDonald (1956) y las de la norma de la URSS de 1962, anticipadas por Poishin y Tokar en 1957. Estas recomendaciones se recogen en el Cuadro 2J0.
A efectos comparativos se reproducen en el Cuadro 2.11 las prescripciones de la norma MV-lOl y en el Cuadro 2.12 las de la norma TGL 11464-72 de Alemania Oriental.
A efectos comparativos se reproducen en el Cuadro 2.11 las prescripciones de la norma MV-lOl y en el Cuadro 2.12 las de la norma TGL 11464-72 de Alemania Oriental.
CUADRO 2.10 CRITERIOS TRADICIONALES
SOBRE ASIENTOS ADMISIBLES
CUADRO 2.11 NORMA MV-101 ASIENTOS GENERALES ADMISIBLES.
CUADRO 2.12 ASIENTOS
ADMISIBLES SEGÚN LA NORMA TGL
11464
El hecho de establecer criterios diferentes según se trate
de arenas o arcillas expresa la menor o mayor facilidad de adaptación de los
elementos estructurales a las deformaciones del terreno mediante la
redistribución de tensiones y deformaciones reológicas.
En arenas los asientos se producen muy rápidamente, creando condiciones más criticas para la estructura, pero, por el contrario, es más difícil que los asientos residuales o postconstructivos afecten a la tabiquería o acabados, elementos muy sensibles a los movimientos.
Por otra parte, debe reconocerse que se citan muy pocos casos de edificios en arenas que hayan experimentado asientos importantes o hayan sufrido daños, salvo cuando se han producido fenómenos dinámicos o en la arena existían intercalaciones blandas o de tipo orgánico.
A partir de los trabajos de Skempton y MacDonald en 1956 se pudo advertir que más que el asiento diferencial entre dos puntos importaba la relación entre dicho asiento y la distancia entre los puntos, es decir, la denominada distorsión angular. Los criterios más conocidos se resumen en el Cuadro 2.13. En líneas generales conviene retener los valores siguientes:
En esta misma línea se ha publicado en 1975 la versión modificada de la norma soviética SNiP 11-15-74 (ver Cuadro 2.14) en la cual se combinan los asientos máximos o medios y la distorsión angular para tipos muy diversos de edificios. Por otra parte, se suprime la referencia al tipo de terreno, probablemente ante la dificultad de introducir esta variable.
CUADRO
2.13 DISTINTOS CRITERIOS DE PELOGROSIDAD
RESPECTO A LA DISTORSION ANGULAR.
CUADRO
2.14 DEFORMACIONES LIMITES DE LAS
CIMENTACIONES SEGÚN LA NORMA SNiP
II-15-74
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